Decreto Nº 4809-2024
Modifica el
Decreto N° 3914-2024 sobre
montos de contrataciones en la esfera del Poder Ejecutivo. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3652 del 09-12-24.-
Dictado el 27-11-24.-
Operador del digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.- Incorpórese como Artículo 44 bis del Decreto N° 3914/24 el siguiente texto: “Artículo 44 bis.- Autorízase al Delegado Organizador de la Comuna “Casa de Piedra” a contratar en forma directa y con carácter excepcional para la temporada de verano (diciembre a marzo inclusive) de cada año, hasta SEIS MIL MÓDULOS (M 6.000) en total, servicios de mantenimiento y control”.
Artículo 2°.- La autorización concedida en el artículo mencionado anteriormente tendrá plena vigencia desde la firma del presente Decreto.
Artículo 3°- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General de la Gobernación y el señor Ministro de Hacienda y Finanzas.
Artículo 4°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, publíquese, comuníquese y pase a Contaduría General de la Provincia a sus efectos.